Pega Justa
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Despido injustificado y autodespido

Si te despidieron sin causa real, con una causal falsa o derechamente sin carta — la ley te da derecho a la indemnización por años de servicio + un RECARGO del 30% al 100% según el tipo de despido. Si tu empleador comete faltas graves (no paga, no cotiza, te baja el sueldo), también puedes autodespedirte y demandar las mismas indemnizaciones.

Tus derechos

Indemnización por años de servicio

1 mes de remuneración por año trabajado (máx. 11 años, tope 90 UF). Aplica si la causal es necesidades de la empresa o si la del 160 fue declarada indebida.

Recargo del 30% al 100%

30% si el art. 161 fue improcedente. 50% si el art. 159 fue injustificado o no hubo causal. 80% si el art. 160 fue indebido. 100% si fue manifiestamente sin motivo plausible.

Sustitutiva del aviso previo

1 mes adicional si tu empleador no avisó con 30 días de anticipación (art. 162 CT).

Feriado proporcional y pendiente

Los días que no usaste de feriado legal se pagan en dinero al término del contrato.

Qué hacemos por ti

  • Análisis de la causal invocada y prueba de improcedencia
  • Cálculo exacto de indemnizaciones, recargos y reajustes
  • Demanda en el juzgado del trabajo dentro de plazo (60 días hábiles)
  • Audiencia preparatoria y conciliación previa
  • Audiencia de juicio si no hay acuerdo
  • Ejecución de la sentencia y cobro efectivo

Plazos críticos

60 días hábiles para demandar

Desde la fecha de término del contrato. Pasado ese plazo, el despido queda firme.

4-9 meses de duración del juicio

Desde demanda hasta sentencia. Muchos casos cierran antes por conciliación.

Preguntas frecuentes

¿Y si firmé el finiquito sin reserva?

Las posibilidades bajan, pero no son cero. Si firmaste presionado, sin entender o si el finiquito omitió montos legales, podemos alegar nulidad por vicio del consentimiento.

¿Tengo que ir a juicio sí o sí?

No siempre. Aproximadamente 6 de cada 10 casos cierran en conciliación, ya sea antes de demandar o en la audiencia preparatoria.

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